Los serenos de Madrid

Los serenos desaparecieron de Madrid en 1978. Aunque hace pocos años regresó el cuerpo de serenos a las calles del centro de Madrid, duraron menos que un suspiro. Para su selección, los aspirantes tuvieron que superar una serie de test y pruebas. Sin embargo, cuando se creó el servicio en 1765, lo único que se les exigía a los aspirantes a serenos-faroleros, era tener veinte años cumplidos, medir cinco pies de altura como mínimo, clara voz y agilidad, y no haber sido procesado por embriaguez o camorrismo. 


Los primeros intentos para crear el cuerpo de serenos se produjeron en tiempos de Carlos III, aunque sería su sucesor quien los estableció definitivamente. El establecimiento de este cuerpo obedecía al intento de asegurar de una manera eficaz el orden público después de las turbulencias producidas, como el Motín de Esquilache, que justificaron la creación de la Superintendencia General de la Policía y de la Comisión de Vagos. Para el poder no eran suficientes los dos pilares de la policía en Madrid: la Sala de Alcaldes de Casa y Corte y el Corregimiento. Los serenos, pues, debían ayudar a los esfuerzos del mantenimiento del orden por la noche, primeramente, en la tarea del alumbrado, y luego en otras labores más directamente relacionadas con la "pax nocturna".

Durante el reinado de Carlos III se liberaba a los particulares del mantenimiento y conservación de los faroles, asumiéndose por las instituciones por Real Orden de 25 de septiembre de 1765. El alumbrado pasaba al cuidado de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte. Se establecía la competencia de gobierno en la Sala, pero se abría también ésta al Juzgado de la Villa y al Cuerpo de Inválidos. Una vez más los roces y conflictos afloraron como característica peculiar del sistema institucional del Antiguo Régimen.

Los encargados del alumbrado público no fueron llamados todavía serenos. Sus funciones eran: limpiar, encender y conservar los faroles, hachas y demás materiales de la iluminación. Sobre ellos pesaba el control administrativo de los tres aparatos burocráticos de los que dependían, aunque las judiciales eran privativas del juez conservador. Los encargados del alumbrado público recibían un sueldo por su trabajo. Para poder financiar este nuevo cuerpo de oficiales se estableció un aumento sobre el impuesto que gravaban las casas y faroles de Madrid, y que gestionaba el recaudador de la Regalía de la Casa-aposento. Ese aumento se cifró en 32 reales.

El alumbrado público se inauguró oficialmente el día 15 de octubre de 1765, aunque la definitiva creación de los serenos se dio por una orden de 28 de noviembre de 1797. Una Instrucción de 4 de diciembre de 1798 establecía el número de cien serenos distribuidos por los cuarteles, dependiendo de la mayor o menor extensión del mismo. En cada uno de los cuarteles se establecía un celador, autoridad inmediata superior de los serenos. El entramado institucional dependía de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte. Los serenos no solamente cuidaban todo lo concerniente al alumbrado, acudirían al auxilio de enfermos que necesitasen asistencia médica o auxilio espiritual, vigilarían el robo de rejas y vidrios auxiliando a las rondas nocturnas de los alcaldes de cuartel; en fin, se constituían como un cuerpo más de vigilancia. Las competencias rozaban las de los alguaciles y los porteros de vara.



Durante el reinado de Fernando VII se intentó reformar el cuerpo de serenos a través de una mejora salarial. La causa de la desidia era salarial, ya que cobraban 3 reales diarios y ellos deseaban una subida del doble y por ello no seguían serenando hasta que salía el sol como estaba estipulado. Entre 1815 y 1819 se discutió en el Consejo de Castilla, con la participación de varios corregidores y de los alcaldes de Casa y Corte. 

Una Real Orden de la Secretaría de Gracia y Justicia, del 23 de diciembre de 1819, reformaba el cuerpo: el número ascendía a ciento cincuenta, su dotación diaria se elevaba a 5 reales mientras que los mozos de alumbrado quedaban en 3 reales, debían rondar desde una hora después de las oraciones hasta que amaneciese completamente. Permanecerían en el distrito sin abandonar su demarcación, salvo la petición de un médico o de auxilios espirituales por parte de un vecino, trasladando la petición donde fuese pertinente y regresando a su tarea de vigilancia. Las penas por incumplimiento tenían la siguiente escala: la primera vez una multa de 6 ducados y la segunda se castigaría con esa misma pena más dos meses de cárcel y se les separaría del servicio. El corregidor venía a sustituir a los alcaldes como máxima autoridad del cuerpo de serenos. El corregimiento ganaba la partida a la Sala también en el asunto económico. La financiación de estos oficiales se aseguraba con un aumento en la fiscalidad sobre Madrid, recaía para el mantenimiento del alumbrado: de 96 reales que pagaba cada propietario de casa se aumentaba a 120. 

El cuerpo de serenos, aunque con cambios, es el único que pasó al régimen liberal. 

¡Sereno! Se gritaba para llamarle, y este contestaba diciendo ¡va! Otra manera de llamarle era dando tres palmadas y el sereno respondía dando un golpe con el chuzo en el suelo. Era otros tiempos.



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